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1.
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¿Cuál es el rol de
la Oficina de Servicios para Estudiantes Universitarios
con Impedimentos (OSEUI)?
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En el año 2001 se creó
y estableció la OSEUI, conforme a las guías
federales, para asistir a los estudiantes con impedimentos
a obtener el máximo beneficio de su experiencia
educativa en la Universidad de Puerto Rico en Bayamón
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2.
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¿Cuáles son las leyes
que protegen a los estudiantes universitarios con impedimentos?
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Las leyes que protegen a los estudiantes
universitarios con impedimentos son la Ley de Rehabilitación
Vocacional, Sección 504 de 1973, Ley ADA ( American
with Disabilities Act ) de 1990: y su enmienda en el
año 2008. Ley 51 (Ley de Servicios Integrales
para las Personas con Impedimentos) de 1996 y la Ley
238 (Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos)
del 31 de agosto de 2004: y sus enmiendas en los años
2008 y 2009.
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3.
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¿Quién es un estudiante
con impedimento?
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La American with Disabilities Act (ADA)
define el estudiante con impedimento como aquel que
tiene “un impedimento físico o mental que
sustancialmente limita una o más de las mayores
actividades de la vida diaria, es considerado como que
tiene tal impedimento y existe evidencia de que tiene
ese impedimento.” Los impedimentos envuelven limitaciones
sustanciales y son distintos de condiciones comunes
que no limitan sustancialmente actividades mayores de
la vida.
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4.
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¿Cuáles son las obligaciones
de la institución?
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La institución debe proveer
acomodo razonable al estudiante con impedimento a fin
de ofrecerle a el/ella igualdad de oportunidad de participar
en los programas, actividades y servicios de la institución
(incluyendo actividades extracurriculares). Un colegio
o una universidad no pueden discriminar contra un individuo
únicamente basado en su impedimento.
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5
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¿Qué debo hacer cuando
recibo una carta de acomodo razonable de parte de la
OSEUI?
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Al inicio de cada semestre, el estudiante
es quien solicita el acomodo razonable en la OSEUI.
La OSEUI prepara una carta individualizada a cada
uno de los profesores en la que se presenta la necesidad
de ayuda auxiliar y servicios y/o ajustes académicos
que se requieren debido a su impedimento.
A los estudiantes se les informa que deben
reunirse con cada profesor al comienzo del semestre
para discutir las implicaciones académicas
de su impedimento y cómo se relacionan al curso
específico y a la solicitud de acomodo.
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6.
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¿Qué debo hacer si
un estudiante habla conmigo directamente para negociar
acomodo sin una carta de la OSEUI?
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La OSEUI no se responsabiliza por los acuerdos que
pueda llegar con el estudiante sobre los acomodos
razonables que el estudiante le solicite a sus profesores.
La OSEUI es la responsable de evaluar la documentación
médica y de los especialistas que presenten
los estudiantes con impedimentos en nuestra oficina
para determinar los acomodos razonables que necesita
el estudiante debido a su impedimento.
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7.
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¿Cuáles son algunos
ejemplos de acomodo razonable que podría otorgar
la universidad?
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Ajustes académicos son
provistos para asegurar que el estudiante con impedimento
reciba igualdad de oportunidades para participar en
los programas y actividades de la institución.
Instituciones de enseñanza superior no se les
requiere el bajar los estándares académicos
o comprometer la integridad de la escuela o programa.
Ejemplos de algunos ajustes pueden incluir:
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Tiempo adicional para completar exámenes,
trabajos del curso u graduación
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Substitución de cursos no esenciales
para los requerimientos de un grado
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Adaptación de la enseñanza
del curso
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Grabación de las clases
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Modificación de la toma de examen/evaluaciones
de rendimiento para así no discriminar contra
estudiantes con impedimentos sensoriales, manuales o
del habla (a menos que estas destrezas sean los factores
que el examen pretende medir).
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| 8. |
¿Cuánto
tiempo adicional en los exámenes es razonable?
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Tiempo extendido en los exámenes
es un acomodo habitual para los estudiantes que trabajan
más lento por causa de su impedimento. Para la
mayoría de los estudiantes, tiempo y medio es
adecuado. Estudiantes con impedimentos más severos
o múltiples pueden requerir tiempo adicional.
La OSEUI no considera que el tiempo indefinido para
tomar un examen sea un acomodo razonable.
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| 9. |
¿Qué
debe hacer si tengo preguntas sobre o no estoy de acuerdo
con los acomodos recomendados?
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El profesor debe inmediatamente contactar
al personal de la OSEUI. Si el profesor y el especialista
de impedimentos no pueden estar de acuerdo, el profesor
debe solicitar una revisión formal de lo solicitado.
El profesor debe proveer el acomodo solicitado hasta
que se determine lo contrario.
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| 10. |
¿Qué
puede hacer para comenzar el diálogo con los
estudiantes?
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Para fomentar a que el estudiante se
pueda identificar y así mantener el compromiso
no discriminatorio de la institución, la OSEUI
le pide que en el prontuario del curso establezca que
de necesitar recibir acomodo a base de un impedimento,
el estudiante debe avisarlo y proveer la documentación
médica a la OSEUI.
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Para más información sobre nuestros servicios, puede llamar al 787-993-0000, extensiones 4147, 4146 ó al 787-993-8964.