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Junta
Administrativa
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Betzaida Miranda Miranda
Secretaria Ejecutiva
Email: junta.bayamon@upr.edu
Teléfonos
Directo: (787) 993-8853
Cuadro: (787) 993-0000
Extensión: 3037
Fax: (787) 993-8901
Ubicación:
Edificio Centro de Estudiantes (5to. piso)
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| Personal |
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Mabel
Rosa Gracia
Secretaria Administrativa
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Nota:
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| Misión |
Servir de enlace con la comunidad universitaria en la divulgación de las normas, políticas, certificaciones y reglamentos institucionales. Facilitar a los miembros del Senado Académico y de la Junta Administrativa los medios para contribuir en el establecimiento de las políticas institucionales y su difusión a la comunidad universitaria. |
| Visión |
Proveer
un servicio de excelencia y de estrecha colaboración con los miembros del Senado Académico y de la Junta Administrativa para mantener plenamente informada a la comunidad universitaria sobre las normas aprobadas por estos organismos institucionales. |
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Propósito
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Las
funciones de la Junta Administrativa están definidas
por la Ley de la Universidad de Puerto Rico en el Artículo
8, Apartado C como sigue:
- Asesorar al Rector en el ejercicio de sus funciones.
- Elaborar
los proyectos y planes de desarrollo de la unidad institucional.
- Considerar
el proyecto de presupuesto de la unidad institucional respectiva,
sometido por el Rector.
- Conceder,
a propuesta del Rector, las licencias, los rangos académicos,
las permanencias y los ascensos del personal docente y
técnico
de la unidad institucional, de conformidad con el Reglamento
General de la Universidad de Puerto Rico.
Además,
según indicado en el Reglamento Interno
de la Junta Administrativa, tiene las siguientes responsabilidades:
-
Someter
recomendaciones al Rector y, por su conducto a los funcionarios
u organismos universitarios, sobre
aquellos asuntos de la competencia
de éstos que le sean referidos o sobre las
materias que la propia Junta juzgue pertinente.
-
Considerar,
conforme con la Sección 24.5.1 del Reglamento
General de la Universidad de Puerto Rico, los programas
y proyectos de la División de Educación
Continua en su impacto fiscal, antes de ser elevados
a los
organismos
superiores.
-
Actuar
como cuerpo consultivo del Rector y colaborar con él
en la realización del programa universitario.
-
Establecer,
mediante reglamentación interna, la estructura
y procedimientos necesarios para su funcionamiento
en armonía
con la Ley de la Universidad de Puerto Rico
y el Reglamento General.
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