¿Qué es el Título IX?
El Título IX es una enmienda a la ley federal de educación de 1972 la cual fue actualizada en agosto de 2020. La ley protege a las personas contra el hostigamiento sexual, el cual incluye agresión sexual, acecho, discrimen por género, entre otras en programas educativos o actividades que reciben fondos federales.
De acuerdo con la ley revisada, el hostigamiento sexual es una definición sombrilla que incluye una conducta sexual inadecuada que cumple uno o más de los siguientes requisitos:
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- Un empleado condicione oportunidades educativas por la participación en conductas sexuales no deseadas (es decir, quid pro quo).
- Conducta inadecuada que una persona razonable percibe como tan severa, generalizada y objetivamente ofensiva que limita el acceso a un programa o actividad en una institución educativa.
- Agresión sexual, violencia entre parejas y acecho, según se definen en el Violence Against Woman Act (VAWA, 2013), que enmienda la Ley del Jeanne Clery Act.
- El discrimen por sexo es distinguir desfavorablemente a una persona por razón de su sexo o género. Incluye: rechazo o menosprecio por identidad sexual o ante la falta de conformidad con los roles estereotipados de lo masculino o femenino, hostigamiento sexual, violencia doméstica o entre parejas, agresión sexual, acecho, entre otras conductas sexuales inapropiadas.
La Oficina de Título IX atiende todo tipo de discriminación sexual, incluida la discriminación por identidad sexual o la falta de conformidad a las nociones estereotipadas de masculinidad o feminidad.
¿A Quién Protege?
Estudiantes, Empleados Docentes – No Docentes y Visitantes.
Isa Pantoja Feliciano, MS , Coordinadora de Titulo IX – UPRB
Correo electrónico: isa.pantojafeliciano@upr.edu o tituloix.uprb@upr.edu
Teléfono: (787) 993-0000 / Ext. 3794
Ubicación: Edificio de Administración (al lado de los 100), parte posterior de la Oficina de Recursos Humanos (pasillo central).