Un estudiante que curse o haya cursado estudios en una institución universitaria privada acreditada y que no haya cursado estudios en la Universidad de Puerto Rico, podrá solicitar transferencia a la Universidad de Puerto Rico en Bayamón. Para ello existen dos opciones:
- Transferencia Tipo A (Transferencia Regular): transferencia para solicitantes que tengan 24 créditos o más aprobados en otra institución universitaria al momento de radicar la solicitud. Deben cumplir con los requisitos generales y específicos mínimos establecidos para el programa al cual quiere ser admitido. (Véase opúsculo de transferencia para requisitos de solicitud y requisitos específicos.)
- Transferencia Tipo B: transferencia para solicitantes con menos de 24 créditos aprobados en otra institución universitaria al momento de radicar la solicitud. Deben cumplir con el IGS establecido para el año de su graduación de escuela superior para el programa en el cual interesa admisión.
Importante: El aprovechamiento académico y los criterios para cada programa se presentan en el documento Requisitos Generales y Específicos para Readmisiones, Traslados, Reclasificaciones y Transferencias, en el cual se establece el promedio general y otros requisitos específicos. Se advierte que la Universidad de Puerto Rico en Bayamón exige un requisito de residencia a los estudiantes de transferencia. Tal residencia consiste en aprobar en la Universidad de Puerto Rico, como mínimo, los cursos correspondientes a la última cuarta parte del programa de estudios del que se solicita graduación.
La Universidad de Puerto Rico en Bayamón se reserva el derecho a determinar cuáles y cuántos cursos convalidará a estudiantes admitidos en transferencia procedentes de otras instituciones de educación superior. En todo caso, para que un curso sea considerado para su posible convalidación, tiene que haber sido aprobado con una calificación igual o superior a “C”. En ningún caso se contabilizarán para graduación más de la mitad de los créditos convalidados en la disciplina de especialidad.
La solicitud de transferencia que se radique para iniciar estudios en el segundo semestre del año académico (enero), será considerada si existe la disponibilidad de cursos en la oferta academia para ese semestre.
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