Contacto:

Yolimar Medina Molina
Oficial Certificador de Veteranos
Oficina de Registraduría
Ubicación: Centro de Estudiantes, 4to. Piso
(787) 993-0000 Ext. 3696
veteranos.uprb@upr.edu

Se atenderá de manera presencial los martes y miércoles de 8:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 a 4:00 p.m.
La Universidad de Puerto Rico en Bayamón, cuenta con un(a) Oficial Certificador(a) de Veteranos, el(la) cual es empleado(a) del Recinto y está adscrito(a) al Decanato de Asuntos Estudiantiles.

 

El Oficial Certificador de Veteranos tiene el deber de entre otras cosas:

  • Emitir una certificación a la Administración de Asuntos al Veterano donde indica que el estudiante veterano y/o estudiante dependiente de veterano está matriculado en nuestra Institución durante los primeros 30 días a partir del comienzo de clases.
  • Cuando el estudiante–veterano y/o dependiente de veterano haga cambios en cantidad de créditos (altas y/o bajas), y cambios de programas de estudios (Reclasificación) y/o concentración (Cambios de Concentración), será necesario que el estudiante lo notifique a la mayor brevedad al Oficial Certificador para que este pueda emitir una certificación a la Administración de Asuntos al Veterano con dichos cambios que a su vez puede afectar la cantidad de ayuda económica que recibe.

La Administración de Beneficios para Veteranos ofrece una amplia variedad de beneficios y servicios a los miembros del servicio. Los miembros de la Guardia Nacional y la Reserva con servicio activo también pueden calificar para una variedad de beneficios de VA:

· Post-9/11 GI Bill® (Capítulo 33)

Enlace a la información de  Post-9/11 GI Bill

· Montgomery GI Bill® – Active Duty (MGIB-AD) (Capítulo 30)

Enlace a la información de Montgomery GI Bill® – Active Duty (MGIB-AD)

· Montgomery GI Bill® – Selected Reserve (MGIB-SR) (Capítulo 1606)

Enlace a la información de Montgomery GI Bill® – Selected Reserve (MGIB-SR)

· Dependents’ Educational Assistance Program (DEA) (Capítulo 35)

Enlace a la información de Dependents’ Educational Assistance Program (DEA)

· Rehabilitación Vocacional (VR&E) (Capítulo 31)

Enlace a la información de Rehabilitación Vocacional (VR&E)

Para los miembros del servicio y a los Veteranos que no están listos para trabajar porque sus discapacidades compensables vinculadas al servicio son tan severas, el programa ofrece servicios para que los participantes puedan adquirir habilidades y logren la mayor independencia posible en sus hogares y en su comunidad.

La información requerida en nuestra institución para los beneficios educativos de la Administración de Veteranos son los siguientes:

  • Solicitud de certificación de matrícula
  • Copia del programa de clases
  • Responsabilidades como beneficiario de veteranos
  • Certificado de elegibilidad

Enlaces de Interés:

Estudiantes beneficiarios de la Ley #203 del 14 de diciembre de 2007
Esta ley se conoce como la “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, se hizo con el propósito de que estos derechos estén esbozados en forma ordenada y que recojan de la mejor manera posible todos los beneficios que el Gobierno de Puerto Rico le otorgue a los veteranos, que en una forma u otra, han servido en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, y han defendido los derechos del País, y han defendido la causa de la democracia en el Mundo.

 

Esta ley les concede en la Universidad de Puerto Rico el derecho de una exención que cubre:

  • Veterano que agotó sus beneficios de GI Bill® – exención de 100% del costo de la matrícula de los cursosNO incluye los costos de cuotas, libros y materiales
  • Hijos, cónyuges y/o dependientes legales de veterano vivos – exención de 50% del costo total de la matrícula; incluye créditos, costos de cuotas, libros y materiales
  • Hijos, cónyuges (mientras permanezca soltero(a) y/o dependientes legales de veterano fallecidos en acción o que su muerte esté relacionada al servicio activo – exención de 100% del costo total de la matrícula; incluye créditos, costos de cuotas, libros y materiales
  • Hijos incapacitados de Veteranos fallecidos en acción o que su muerte esté relacionada al servicio activo hasta que termina incapacidad – exención de 100% del costo total de la matrícula; incluye créditos costos de cuotas, libros y materiales

Requisitos de elegibilidad:

  • Estudiantes veteranos:
    • Copia forma DD-214 (indicando que el licenciamiento es honorable)
    • Copia ID con foto
    • Certificación en original emitida por la Oficina de Asuntos de Veteranos (Avenida Chardón) donde indique que agotó o estar por agotar el beneficio de GI Bill® y objetivo final de estudio bajo dicho beneficio.
  • Estudiantes dependientes de veteranos: cónyuges, hijos y/o dependientes legales
    • Copia forma DD-214 (indicando que el licenciamiento es honorable)
    • Copia Certificado de Nacimiento (Hijos(as) del veterano)
    • Copia reciente del Certificado de Matrimonio (Cónyuges)
    • Copia de ID con foto
Nota: Puede requerirse se presenten documentos en original para verificación o porque no sean muy legibles.
Gi Bill® es una marca registrada del Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) de EE. UU.
GI Bill® is a registered trademark of the U.S. Department of Veterans Affairs (VA)

La escuela está aprobada por la Agencia Estatal Aprobadora de Servicios Educativos a Veteranos de Puerto Rico para proporcionar formación académica a los estudiantes bajo los diversos programas de GI Bill®.
The school is approved by the Puerto Rico State Approving Agency to provide academic training to the students under the various GI Bill® programs.